ACOGIMIENTO

El acogimiento familiar, es una medida de protección a la infancia que proporciona una familia a menores que por diversas razones  no pueden convivir con la suya propia. En estos casos, en los que no puede vivir con la suya propia, la normativa de protección vigente considera que la mejor alternativa, es la integración del niño o niña en un contexto familiar diferente a su propia familia; bien sea de forma temporal o definitiva. 

Quién lo realiza ;

El Departamento de Acción Social, a través de la Sección de Acogimientos y Adopciones, es el encargado de tramitar los procedimientos administrativos relativos al acogimiento familiar  La actuación de la administración, será la necesaria para garantizar, primordialmente el interés del niño, niña o adolescente. 

Para ello, la Sección de Acogimiento Familiar y Adopciones dispone de un equipo interprofesional que se encarga de las siguientes actuaciones: 

1.- Realización de los informes técnicos de adecuación para los acogimientos familiares en familia extensa. 

2.- Elaboración de las propuestas de adecuación relativas a las personas solicitantes de acogimiento familiar en familia ajena.

 3.- Elaboración de las propuestas de acogimiento familiar en sus diversas modalidades, así como de los ceses. 

4.- Seguimiento, apoyo e intervención a los procesos de acogimiento familiar, asumiendo la coordinación del caso. 

5.- Intervención en la formación de las familias de acogida.

6.- Cualquier otra actuación e intervención en materia de protección infantil, con menores que presenten problemas o necesidades y pertenezcan a familias con las que ya se está interviniendo.

Personas destinatarias

• Menores susceptibles de acogimiento bajo la modalidad de un acogimiento de Urgencia, Temporal o permanente, con la finalidad de evitar su institucionalización y favorecer su desarrollo personal y social.

• Familias biológicas, cuya problemática actual, les limita seriamente o incapacita para la adecuada atención al niño o niña y que requieren de una intervención familiar y/o personal para poder recuperar la capacitación básica para ese cuidado.Incluye también la intervención para que la familia pueda aceptar y colaborar con la medida de la protección, así como la supervisión de las visitas si es necesario.

• Familias acogedoras, tanto extensas, como ajenas, en los procesos de formación, seguimiento e intervención a lo largo del acogimiento 

Objetivos del acogimiento

 El acogimiento familiar, requiere la participación y la actuación conjunta de las dos familias implicadas, la biológica y la de acogida, con la mediación de la administración. Tiene una doble finalidad: 

1.- Mantener y potenciar las relaciones con su familia biológica, salvo que éstas resulten perjudiciales para la persona menor de edad.

 2.- Reintegrar a la persona menor en su familia, una vez ha sido resuelta la problemática existente y ésta disponga de las capacidades y recursos necesarios. El objetivo último del acogimiento familiar, en todo caso, debe ser la promoción y el desarrollo adecuado de la personalidad del niño o niña, así como la mejora de los problemas de tipo personal o social que pueda presentar.

¿Dónde se realiza el acogimiento?

 El acogimiento familiar de los menores de puede hacer en diferentes centros, dependiendo de la necesidad que se tenga que cumplir. En algunos casos,no hay necesidad de la entrada a un centro se puede resolver el problema con algún programa

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